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21 CONGRESO NACIONAL DE DERECHO REGISTRAL

Resolución 6/2021 (B.O. 7/07/21) Estimado Escribano: Se informa que en fecha 7 de Julio de 2021 fué publicado en el Boletín Oficial de la República Argentina la Resolución N° 6/2021 MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL CONSEJO NACIONAL DEL EMPLEO, LA PRODUCTIVIDAD Y EL SALARIO MÍNIMO, VITAL Y MÓVIL, la cual en su artículo 1° Establece modificaciones, los que quedarían conformadas de la siguiente manera: a) A partir del 1° de julio de 2021, en PESOS VEINTISIETE MIL DOSCIENTOS DIECISEI

Publicacion creada: 21/04/2026 15:26
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Resolución 6/2021 (B.O. 7/07/21) Estimado Escribano: Se informa que en fecha 7 de Julio de 2021 fué publicado en el Boletín Oficial de la República Argentina la Resolución N° 6/2021 MINISTE…

21 CONGRESO NACIONAL DE DERECHO REGISTRAL

Resolución 6/2021 (B.O. 7/07/21) Estimado Escribano: Se informa que en fecha 7 de Julio de 2021 fué publicado en el Boletín Oficial de la República Argentina la Resolución N° 6/2021 MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL CONSEJO NACIONAL DEL EMPLEO, LA PRODUCTIVIDAD Y EL SALARIO MÍNIMO, VITAL Y MÓVIL, la cual en su artículo 1° Establece modificaciones, los que quedarían conformadas de la siguiente manera: a) A partir del 1° de julio de 2021, en PESOS VEINTISIETE MIL DOSCIENTOS DIECISEIS ($27.216,00) b) A partir del 1° de agosto de 2021, en PESOS VEINTIOCHO MIL OCHENTA ($28.080,00) c) A partir del 1° de septiembre de 2021, en PESOS VEINTINUEVE MIL CIENTO SESENTA ($29.160,00) Dicha norma se debe tener en cuenta para el cálculo y percepción de honorarios desde la vigencia de los respectivos aumentos. Respecto al cálculo de aportes a Caja Notarial, excepcionalmente se tomará el aumento correspondiente al punto b), de $ 28.080,00, para todas las Escrituras que se autoricen a partir del 01/08/2021. Para el aumento del punto c): del 01/09/2021, se computarán para las Escrituras que se autoricen a partir de dicha fecha.- Muchas gracias.- Resolución 6/2021 (B.O. 7/07/21) Estimado Escribano: Se informa que en fecha 7 de Julio de 2021 fué publicado en el Boletín Oficial de la República Argentina la Resolución N° 6/2021 MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL CONSEJO NACIONAL DEL EMPLEO, LA PRODUCTIVIDAD Y EL SALARIO MÍNIMO, VITAL Y MÓVIL, la cual en su artículo 1° Establece modificaciones, los que quedarían conformadas de la siguiente manera: a) A partir del 1° de julio de 2021, en PESOS VEINTISIETE MIL DOSCIENTOS DIECISEIS ($27.216,00) b) A partir del 1° de agosto de 2021, en PESOS VEINTIOCHO MIL OCHENTA ($28.080,00) c) A partir del 1° de septiembre de 2021, en PESOS VEINTINUEVE MIL CIENTO SESENTA ($29.160,00) Dicha norma se debe tener en cuenta para el cálculo y percepción de honorarios desde la vigencia de los respectivos aumentos. Respecto al cálculo de aportes a Caja Notarial, excepcionalmente se tomará el aumento correspondiente al punto b), de $ 28.080,00, para todas las Escrituras que se autoricen a partir del 01/08/2021. Para el aumento del punto c): del 01/09/2021, se computarán para las Escrituras que se autoricen a partir de dicha fecha.- Muchas gracias.-

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