La “Apostilla de La Haya” es un sistema simplificado de Legalización de documentos públicos que permite dar validez a aquellos documentos que hayan sido extendidos en el territorio de un Estado contratante y que deban ser presentados en el territorio de otro Estado contratante. “Convención adoptada en la Haya el 5/10/1961 por la Conferencia de La Haya de Derecho Internacional Privado”. De acuerdo con la presente Convención serán considerados documentos públicos: a) Los documentos emitidos por una autoridad o un funcionario perteneciente a un tribunal del Estado, inclusive los extendidos por un fiscal de justicia, un secretario o un oficial de justicia; b) Los documentos administrativos; c) Las actas notariales; d) Las certificaciones oficiales en documentos firmados por personas privadas, tal como la certificación del registro de un documento o de una fecha determinada y la autenticación de firmas en documentos de carácter privado. No obstante la presente Convención no se aplicará: a) A los documentos extendidos por funcionarios diplomáticos o consulares. b) A los documentos administrativos relacionados directamente con una operación comercial o aduanera. Ver Países signatarios a la Convención de La Haya. Fuente: http://www.tramites.gob.ar/tramites/apostilla-haya_t546 El Colegio de Escribanos de la Provincia del Chaco es el la Autoridad Competente del Estado para realizar en la Provincia del Chaco el trámite de APOSTILLA, según convenio celebrado el 02.09.2003 –ampliatorio del suscripto en el año 1997-, entre la Cancillería y el Consejo Federal del Notariado Argentino. NOVEDAD- SIMPLIFICACIÓN DEL TRÁMITE DE APOSTILLA Ya no se deberá realizar el depósito previo por parte del el particular en el Banco de la Nación Argentina, lo que importaba costos temporales extras y que solo podía realizarse en horario de la mañana, ya que El COLEGIO DE ESCRIBANOS DE LA PROVINCIA DEL CHACO –Avenida Italia Nº 123 de Resistencia y/o Calle Güemes Nº 145 de Presidencia Roque Sáenz Peña – ha simplificado el trámite de apostilla para brindar un servicio ágil y dinámico a los ciudadanos, a fin de que los mismos puedan recurrir a los puntos citados y cumplimentar el trámite. De esta manera, quien precise del servicio podrá acercarse a la Institución de lunes a viernes, tanto por la mañana como por la tarde, de 7.00 a 12.00hs y de 16.00 a 20.00hs. con la documentación a apostillar y abonar en dicha oportunidad los aranceles correspondientes, cumplimentado así la integridad del trámite de APOSTILLA, sin instancias ulteriores. IMPORTANTE CERTIFICADO CATASTRAL- INSPECCIONES NOTARIALES Estimados Colegas Informamos que hemos comunicado a Inspectoría Notarial y Juzgado Notarial que en fecha 21.11.2014 el COLEGIO DE ESCRIBANOS DE LA PROVINCIA DEL CHACO ha interpuesto RECURSO DE REVOCATORIA CON JERÁRQUICO EN SUBSIDIO, en los términos de los arts. 91 y 94 de la Ley N° 1140 contra la DISPOSICIÓN N° 183/14 emitida por el Sr. Interventor de la Dirección Provincial de Catastro y Cartografía de la Provincia del Chaco (por la cual se implementa la obligatoriedad del CERTIFICADO CATASTRAL). Habida cuenta de ello, se ha hecho énfasis en que la normativa citada se encuentra SUSPENDIDA en su aplicación respecto de los Matriculados nucleados a esta Instititución, hasta la resolución del recurso interpuesto; solicitando en consecuencia que se desestimen entretanto como observación la falta de solicitud del certificado catastral en las Escrituras autorizadas. Ver nota 47/15 Certificado Catastral Ver Nota 48/15 Certificado Catastral IMPORTANTE CERTIFICADO CATASTRAL- INSPECCIONES NOTARIALES Estimados Colegas Informamos que hemos comunicado a Inspectoría Notarial y Juzgado Notarial que en fecha 21.11.2014 el COLEGIO DE ESCRIBANOS DE LA PROVINCIA DEL CHACO ha interpuesto RECURSO DE REVOCATORIA CON JERÁRQUICO EN SUBSIDIO, en los términos de los arts. 91 y 94 de la Ley N° 1140 contra la DISPOSICIÓN N° 183/14 emitida por el Sr. Interventor de la Dirección Provincial de Catastro y Cartografía de la Provincia del Chaco (por la cual se implementa la obligatoriedad del CERTIFICADO CATASTRAL). Habida cuenta de ello, se ha hecho énfasis en que la normativa citada se encuentra SUSPENDIDA en su aplicación respecto de los Matriculados nucleados a esta Instititución, hasta la resolución del recurso interpuesto; solicitando en consecuencia que se desestimen entretanto como observación la falta de solicitud del certificado catastral en las Escrituras autorizadas. Ver nota 47/15 Certificado Catastral Ver Nota 48/15 Certificado Catastral
APOSTILLA
La “Apostilla de La Haya” es un sistema simplificado de Legalización de documentos públicos que permite dar validez a aquellos documentos que hayan sido extendidos en el territorio de un Estado contratante y que deban ser presentados en el territorio de otro Estado contratante. “Convención adoptada en la Haya el 5/10/1961 por la Conferencia de La Haya de Derecho Internacional Privado”. De acuerdo con la presente Convención serán considerados documentos públicos: a) Los documentos emitidos por un
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La “Apostilla de La Haya” es un sistema simplificado de Legalización de documentos públicos que permite dar validez a aquellos documentos que hayan sido extendidos en el territorio de un Es…