C.F.N.A. Ref.: Autorizaciones para conducir otorgadas en sede notarial. Remiten adjunto la Nota D.N. N° 61 del día 28.01.2014, enviada por la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad Automotor y de Créditos Prendarios. Finalmente, luego de sucesivas solicitudes y audiencias, hemos solucionado un problema de larga data, y hemos logrado que se comprendieran y valoraran las argumentaciones jurídicas en defensa del instrumento notarial cuya eficacia se pretendió desconocer. La nota adjunta claramente reconoce la validez de las autorizaciones de manejo otorgadas en sede notarial cuestionada por autoridades aduaneras y distintos funcionarios. Vaya nuestro agradecimiento a los Colegios que colaboraron en la obtención de este resultado y a los miembros de la Comisión de Automotores por el trabajo realizado...” Ver Nota del CFNA Ver Nota de la Dirección Nacional Nº 61/14 RPI por nota N° 003/14 del 22.01.2014. Remiten la DTR N° 02/2014... en la que se dispone que en las escrituras, los escribanos autorizantes consignen su CUIT/CUIL, como así también es de los escribanos de extraña jurisdicción y también, en caso que el compareciente al acto notarial se un mandatario, se consigne en la escritura y minuta su CUIT/CUIL. Esto se elevó en consulta a los Asesores Jurídicos ya que el Colegio tiene interpuesta una Medida Cautelar contra la UIF, el resultado de la consulta se pondrá en su conocimiento.- Ver Nota Nº 003/14 RPI por nota N° 003/14 del 22.01.2014. Remiten la DTR N° 02/2014... en la que se dispone que en las escrituras, los escribanos autorizantes consignen su CUIT/CUIL, como así también es de los escribanos de extraña jurisdicción y también, en caso que el compareciente al acto notarial se un mandatario, se consigne en la escritura y minuta su CUIT/CUIL. Esto se elevó en consulta a los Asesores Jurídicos ya que el Colegio tiene interpuesta una Medida Cautelar contra la UIF, el resultado de la consulta se pondrá en su conocimiento.- Ver Nota Nº 003/14
autorizaciones para conducir otorgadas en sede notarial.
C.F.N.A. Ref.: Autorizaciones para conducir otorgadas en sede notarial. Remiten adjunto la Nota D.N. N° 61 del día 28.01.2014, enviada por la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad Automotor y de Créditos Prendarios. Finalmente, luego de sucesivas solicitudes y audiencias, hemos solucionado un problema de larga data, y hemos logrado que se comprendieran y valoraran las argumentaciones jurídicas en defensa del instrumento notarial cuya eficacia se pretendió desconocer. La
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C.F.N.A. Ref.: Autorizaciones para conducir otorgadas en sede notarial. Remiten adjunto la Nota D.N. N° 61 del día 28.01.2014, enviada por la Dirección Nacional de los Registros Nacionales …