INFORME sobre la Resolución UIF 117/2019 1 Tiene vigencia a partir del 19 de Noviembre de 2019 2 Actualiza cuatro de los montos relevantes para la actuación de los Escribanos como Sujetos Obligados. 3 Reforma en lo pertinente las Resoluciones 21 y 70 ambas de 2011. 4 Concretamente se subraya: a) Obligatoriedad para pedir documentación respaldatoria, ahora es a partir de $ 12.320.000.- b) RSM de operaciones en efectivo a partir de $ 1.960.000.- c) RSM de compraventa de inmuebles a partir de $ 2.800.000.- d) Valoración especial para extremar cuidados y pedidos de información para eventual ROS, respecto de operaciones en efectivo que superen $ 1.120.000.- Resolución 117/2019 RESOL-2019-117-APN-UIF#MHA Ciudad de Buenos Aires, 13/11/2019 VISTO el Expediente N° EX-2019-87966657-APN-DD#UIF, y las resoluciones de la Unidad d e Información Financiera Nros. 21 de fecha 18 de enero de 2011, 28 de fecha 20 de enero de 2011, 30 de fecha 27 de enero de 2011, 65 de fecha 20 de mayo de 2011, 70 de fecha 24 de mayo de 2011, 199 de fecha 31 de octubre de 2011, 11 de fecha 19 de enero de 2012, 16 de fecha 25 de enero de 2012, 17 de fecha 25 de enero de 2012, 18 de fecha 25 de enero de 2012, 22 de fecha 27 de enero de 2012, 23 de fecha 27 de enero de 2012, 32 de fecha 10 de febrero de 2012, 66 de fecha 19 de abril de 2012, 127 de fecha 20 de julio de 2012, 140 de fecha 10 de agosto de 2012, 50 de fecha 11 de marzo de 2013, 489 de fecha 31 de octubre de 2013, 30 de fecha 16 de julio de 2017, 21 de fecha 1 de marzo de 2018, y 28 de fecha 28 de marzo de 2018, 130 de fecha 29 de octubre de 2018, sus modificatorias, y CONSIDERANDO: Que en atención a lo dispuesto por el artículo 6° de la Ley N° 25.246, la Unidad de Información Financiera (UIF), es el organismo encargado del análisis, el tratamiento y la transmisión de información a los efectos de prevenir e impedir los delitos de lavado de activos y de financiación del terrorismo. ... VER RESOLUCIÓN N° 117/2019 Resolución 117/2019 RESOL-2019-117-APN-UIF#MHA Ciudad de Buenos Aires, 13/11/2019 VISTO el Expediente N° EX-2019-87966657-APN-DD#UIF, y las resoluciones de la Unidad d e Información Financiera Nros. 21 de fecha 18 de enero de 2011, 28 de fecha 20 de enero de 2011, 30 de fecha 27 de enero de 2011, 65 de fecha 20 de mayo de 2011, 70 de fecha 24 de mayo de 2011, 199 de fecha 31 de octubre de 2011, 11 de fecha 19 de enero de 2012, 16 de fecha 25 de enero de 2012, 17 de fecha 25 de enero de 2012, 18 de fecha 25 de enero de 2012, 22 de fecha 27 de enero de 2012, 23 de fecha 27 de enero de 2012, 32 de fecha 10 de febrero de 2012, 66 de fecha 19 de abril de 2012, 127 de fecha 20 de julio de 2012, 140 de fecha 10 de agosto de 2012, 50 de fecha 11 de marzo de 2013, 489 de fecha 31 de octubre de 2013, 30 de fecha 16 de julio de 2017, 21 de fecha 1 de marzo de 2018, y 28 de fecha 28 de marzo de 2018, 130 de fecha 29 de octubre de 2018, sus modificatorias, y CONSIDERANDO: Que en atención a lo dispuesto por el artículo 6° de la Ley N° 25.246, la Unidad de Información Financiera (UIF), es el organismo encargado del análisis, el tratamiento y la transmisión de información a los efectos de prevenir e impedir los delitos de lavado de activos y de financiación del terrorismo. ... VER RESOLUCIÓN N° 117/2019
INFORME DR. GONZALEZ MANTELLI - UIF 117-2019
INFORME sobre la Resolución UIF 117/2019 1 Tiene vigencia a partir del 19 de Noviembre de 2019 2 Actualiza cuatro de los montos relevantes para la actuación de los Escribanos como Sujetos Obligados. 3 Reforma en lo pertinente las Resoluciones 21 y 70 ambas de 2011. 4 Concretamente se subraya: a) Obligatoriedad para pedir documentación respaldatoria, ahora es a partir de $ 12.320.000.- b) RSM de operaciones en efectivo a partir de $ 1.960.000.- c) RSM de compraventa de inmuebles a partir de $ 2.8
Resumen rapido
INFORME sobre la Resolución UIF 117/2019 1 Tiene vigencia a partir del 19 de Noviembre de 2019 2 Actualiza cuatro de los montos relevantes para la actuación de los Escribanos como Sujetos O…