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R.P.I SAENZ PEÑA SUSPENSION DEL SERVICIO REGISTRAL

RPI SAENZ PEÑA SUSPENSION DEL SERVICIO REGISTRAL Estimados Colegas Ante las múltiples consultas recibidas respecto a la suspensión del Servicio Registral - Sede Sáenz Peña, desde el 01/12/2015, informamos que habiendo consultado telefónicamente en varias oportunidades a dicho Organismo, hoy se nos informó nuevamente que obedecen las fallas a cuestiones atinentes al sistema de Internet. Atento ello, no se expiden inhibiciones ya que es información que se comparte con Resistencia imposibilitándose

Publicacion creada: 21/04/2026 15:48
Resumen rapido

RPI SAENZ PEÑA SUSPENSION DEL SERVICIO REGISTRAL Estimados Colegas Ante las múltiples consultas recibidas respecto a la suspensión del Servicio Registral - Sede Sáenz Peña, desde el 01/12/2…

RPI SAENZ PEÑA SUSPENSION DEL SERVICIO REGISTRAL Estimados Colegas Ante las múltiples consultas recibidas respecto a la suspensión del Servicio Registral - Sede Sáenz Peña, desde el 01/12/2015, informamos que habiendo consultado telefónicamente en varias oportunidades a dicho Organismo, hoy se nos informó nuevamente que obedecen las fallas a cuestiones atinentes al sistema de Internet. Atento ello, no se expiden inhibiciones ya que es información que se comparte con Resistencia imposibilitándose la consulta pertinente. Igual situación reviste lo atinente a planos. Según los responsables del sistema informático del Registro de la Propiedad Inmueble, en horas de la tarde se estaría reestableciendo el servicio. Atentamente Esc. Heriberto F. REGOJO. PRESIDENTE Esc. Graciela B. TEJERINA. SECRETARIA RPI SAENZ PEÑA SUSPENSION DEL SERVICIO REGISTRAL Estimados Colegas Ante las múltiples consultas recibidas respecto a la suspensión del Servicio Registral - Sede Sáenz Peña, desde el 01/12/2015, informamos que habiendo consultado telefónicamente en varias oportunidades a dicho Organismo, hoy se nos informó nuevamente que obedecen las fallas a cuestiones atinentes al sistema de Internet. Atento ello, no se expiden inhibiciones ya que es información que se comparte con Resistencia imposibilitándose la consulta pertinente. Igual situación reviste lo atinente a planos. Según los responsables del sistema informático del Registro de la Propiedad Inmueble, en horas de la tarde se estaría reestableciendo el servicio. Atentamente Esc. Heriberto F. REGOJO. PRESIDENTE Esc. Graciela B. TEJERINA. SECRETARIA IMPORTANTE - UNIDAD DIFERENCIAL (SOBRETASA) DIRECCION GENERAL DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE DE LA PROVINCIA DEL CHACO Estimados Colegas: Llevamos a su conocimiento las gestiones institucionales realizadas ante las múltiples y reiteradas consultas recibidas y reclamos de nuestros Colegiados respecto al actual régimen de SOBRETASAS . En orden a ello, hemos cursado Nota al Director General del Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia del Chaco, Dr. Claudio Toledo, en la que nos manifestamos respecto de la inconstitucionalidad de la Resolución Nº 001/15 dictada por del Ministerio de Gobierno, Justicia y Seguridad de la Provincia del Chaco y Nº 384/15 de la Administración Tributaria Provincial, solicitándole la inmediata revisión de la norma tributaria y la suspensión de su ejecutoriedad inter tanto se resuelva nuestra petición . Notas de igual tenor han sido remitidas al Ministro de Gobierno, Justicia y Seguridad de la Provincia del Chaco, al Administrador General de ATP y al Presidente de la Cámara de Diputados. . VER NOTA Nº 669/15 al Director General del RPI Atentamente. Esc. Heriberto F. REGOJO. PRESIDENTE Esc. Graciela B. TEJERINA. SECRETARIA IMPORTANTE - UNIDAD DIFERENCIAL (SOBRETASA) DIRECCION GENERAL DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE DE LA PROVINCIA DEL CHACO Estimados Colegas: Llevamos a su conocimiento las gestiones institucionales realizadas ante las múltiples y reiteradas consultas recibidas y reclamos de nuestros Colegiados respecto al actual régimen de SOBRETASAS . En orden a ello, hemos cursado Nota al Director General del Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia del Chaco, Dr. Claudio Toledo, en la que nos manifestamos respecto de la inconstitucionalidad de la Resolución Nº 001/15 dictada por del Ministerio de Gobierno, Justicia y Seguridad de la Provincia del Chaco y Nº 384/15 de la Administración Tributaria Provincial, solicitándole la inmediata revisión de la norma tributaria y la suspensión de su ejecutoriedad inter tanto se resuelva nuestra petición . Notas de igual tenor han sido remitidas al Ministro de Gobierno, Justicia y Seguridad de la Provincia del Chaco, al Administrador General de ATP y al Presidente de la Cámara de Diputados. . VER NOTA Nº 669/15 al Director General del RPI Atentamente. Esc. Heriberto F. REGOJO. PRESIDENTE Esc. Graciela B. TEJERINA. SECRETARIA

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